Las empresas de seguridad… en niveles prepandemia

El Observatorio Sectorial DBK ha publicada, a finales de noviembre, el volumen de negocio agregado de las compañías de seguridad españolas. Los datos son realmente reveladores: el volumen de negocio se situó en 2020 en unos 4.910 millones de euros, un 0,3% menos que en 2019.

El valor del mercado derivado de la actividad de instalación, mantenimiento y conexión a una central receptora de alarmas se incrementó un 3,2% en ese año, hasta alcanzar los 1.930 millones de euros, reuniendo el 39,3% del total del mercado.

El estudio indica que “el bueno comportamiento mostrado por el negocio doméstico de alarmas, los nuevos protocolos de seguridad para hacer frente a la pandemia y el dinamismo de la demanda asociada al sector logístico gracias a la expansión del comercio online actuaron como principales impulsores del crecimiento de este negocio.”

Los servicios de vigilancia, pese a que concentran el 54,3% del total, acusan una continua pérdida de participación en el mercado total. Además, ofrecen como dato de facturación 2.664 millones de euros en ese segmente, un 0,6% menos.

El segmento que más notó la pandemia fue el de transporte de fondo, contabilizando una disminución en la facturación del 15,7%, situándose en unos 316 millones, el 6,4% del total.

Las previsiones del sector de la seguridad

Se indica de forma clara una evolución del volumen del negocio, con un aumento del 2% al cierre del año 2021, hasta alcanzar los 5.010 millones de euros, cifra algo superior a la del año 2019. El segmento que mejor comportamiento ofrecerá es el de los sistemas de alarma.

La seguridad privada toma la voz en la Asamblea de Madrid

Un dato demuestra las deficiencias del sector. En los dos últimos años las agresiones a trabajadores de seguridad privada han crecido un 146%. Con esta «inseguridad» la Asamblea de Madrid ha decidido dar voz a las empresas de seguridad, concretamente en la Comisión de Presidencia, Justicia e Interior. Los grupos parlamentarios han podido escuchar de primera voz la «nefasta situación» del gremio.

Una de las voces que se ha escuchado es la de Rubén Gallego, portavoz de Marea Negra. El propio Rubén Gallego indicó la necesidad de recuperar la protección jurídica que se ha perdido con las nuevas normas, leyes y legislaciones paralelas. Con esta presencia se busca, a través de la Comunidad de Madrid, promover la modificación del artículo 31 de la Ley de Seguridad Privada, buscando contar con la misma autoridad que la de un agente de Policía Nacional.

Otra reivindicación que se solicitó era de la poder contar con más medios de seguridad. En estos momentos lo trabajadores de seguridad privada solo pueden llevar grilletes y defensa (porra), medios que se han demostrado insuficientes a tenor de las múltiples agresiones que se han producido recientemente.

A todo ello se añaden las medidas sanitarias derivadas del estado de alerta, que han traído una serie de obligaciones extra, como por ejemplo, el tener que velar por el uso de mascarillas dentro de los espacios cerrados. Esta situación ha llevado a la rebeldía a muchos ciudadanos que han considerado erróneamente que un vigilante de seguridad no tiene potestad para «obligar» al uso de mascarillas.

¿Qué se necesita para ser vigilante de seguridad?

En este artículo de nuestro blog analizamos y explicamos los requisitos básicos para ser vigilante de seguridad.

Lo primero es comprender las funciones de un vigilante de seguridad. Los vigilantes deben cumplir con funciones de vigilancia, protección y respuesta ante alarmas, y para llegar a incorporar todos los conocimientos necesarios se forman y son evaluados. Obviamente hay decenas de empresas de formación que ayudan a poder lograr el conocimiento necesario.

Los requisitos para ser vigilante de seguridad

Los requisitos básicos que debe cumplir un vigilante de seguridad en España son:

1. Ser mayor de 18 años
Es obligatorio tener la mayoría de edad para poder recibir la formación adecuada y trabajar como vigilante.

2. Ser español o europeo
Es necesario tener la nacionalidad de España o de algún país de la Comunidad Europea.

3. Tener la ESO
Se debe tener el título de graduado en Educación Superior Obligatoria, de Técnico o alguna titulación equivalente.

4. No tener antecedentes penales dolosos ni haber sido apartado de los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado
El aspirante debe carecer de antecedentes penales, así como tampoco debe haber sido condenado por intromisión o haber sido separado del servicio en las Fuerzas Armadas.

5. Contar con la certificación de la preparación
El candidato tiene que poseer documentos que acrediten que realizó los cursos formativos en vigilancia privada en los centros habilitados y autorizados para tal fin.

Un último dato a tener en cuenta es que el límite o edad máxima para desempeñarse como Vigilante de Seguridad es de 65 años.

En Servislink contamos con vigilantes de seguridad de gran experiencia y profesionalidad.

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