La protección de datos, el derecho a la intimidad… y las cámaras de videovigilancia. Ese mezcla aún sigue generando muchas dudas y un de las que más se plantea está vinculada con la duración que deben almacenarse las grabaciones de las imágenes captadas por un sistema de videovigilancia. En este post intentaremos responder a las principales cuestiones.
¿Cuánto tiempo se guardan las imágenes de cámaras de seguridad o de un sistema de videovigilancia?
De acuerdo a la ley de videovigilancia, el plazo de conservación de las imágenes de cámaras de seguridad es de 30 días. Una vez transcurrido este plazo, esas imágenes deben eliminarse de cualquier archivo o soporte en el que puedan estar almacenadas. Eso puede hacerse de forma automática (con una programación de eliminación de ficheros) o de forma manual. Sea como fuere, no deben existir grabaciones con más de 30 días de antigüedad en ningún dispositivo… y tampoco en la nuble (sistemas de almacenamiento cloud).
¿Existe algún supuesto para almacenar durante más tiempo las imágenes tomadas por un sistema de videovigilancia?
Sí. Aunque los supuestos son muy pocos, y muy específicos. Solo podrá prolongarse cuando en ellas se haya captado un delito, infracción, acto de vandalismo o accidente, y sean requeridas para una investigación policial o judicial o por la persona afectada (en el caso de un delito o infracción, deberá haber presentado previamente una denuncia). Un detalle importantes: tanto en el caso de un delito o infracción como de un accidente, la persona afectada deberá ejercer su derecho de acceso antes de que transcurra el plazo de 30 días de conservación de las imágenes, para asegurarse de que el responsable del tratamiento recibe la solicitud antes de suprimirlas. Es decir, si la persona afectada no ejerce ese derecho, no se deben almacenar esas imágenes.
¿A quién afecta esta normativa?
Afecta a todos los responsables y encargados del tratamiento que tengan instalado un sistema de videovigilancia para grabar en propiedad privada. Es decir, a cualquier organización o profesional que haya instalado en su local industrial o comercial cámaras de seguridad, así como a cualquier comunidad de propietarios que haya puesto estas cámaras en las instalaciones de la comunidad.
Cuando el sistema de videovigilancia está conectado a una CRA (central receptora de alarmas), entonces la empresa de seguridad que la supervisa, será encargada del tratamiento cuando presta este servicio a otra organización o profesional. Será responsable del tratamiento cuando el cliente sea una persona física y las cámaras estén instaladas en su vivienda.
Este plazo de conservación también afecta a las imágenes captadas por las cámaras de videovigilancia instaladas en la vía pública (recordemos que estas solo pueden ponerlas las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado).
Respecto a las cámaras de videovigilancia instaladas en propiedad privada por particulares o en su domicilio, que gestionen y supervisen ellos mismos (las imágenes no van a una CRA o se almacenan por cuenta de una empresa de seguridad) y siempre que solo graben el interior de su propiedad, el plazo de conservación de las imágenes de videovigilancia no les afectará.
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